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Proyectos STPS
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En enero de este año fueron publicados los proyectos de normas que se describen a continuación. Los proyectos reciben comentarios en un plazo de 60 días posterior a su publicación, se recomienda realizar un plan de acción en especifico para los riesgos ergónomicos, ya que si bien eran regulados en el Reglamento de Seguridad y Salud del Trabajo (2014), no existía una norma específica para su control, la publicación del proyecto relacionado con los riesgos ergónomicos, es un precedente para tomar acción.
¡Nos ponemos a la orden para la identificación de riesgos ergonómicos¡
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PROY-NOM-017-STPS-2017 Equipo de protección personal:
Fecha de publicación 03/01/2018
Puntos relevantes:
-El equipo de protección personal debe contar con un certificado de cumplimiento, o en los casos en los que no existe esta posibilidad se cuente con la garantía del fabricante, para ello establece los elementos básicos que deberá contener la garantía.
-En lo que se refiere a los subcontratistas, el proyecto da mayor precisión a la obligación del patrón de vigilar que éstos cumplan con la Norma, en congruencia con lo dispuesto por la Ley Federal del Trabajo.
LINK: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5509975&fecha=03/01/2018
PROY-NOM-036-1-STPS-2017 Factores de riesgo ergonómico en el trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1- Manejo manual de cargas.
Fecha de publicación: (04/01/2018)
Con la finalidad de implementar buenas prácticas ergonómicas en los centros de trabajo se publica el proyecto de norma el cual se divide en 3 partes:
De acuerdo con el documento, el Proyecto busca abarcar la gestión de diversos riesgos ergonómicos. Por lo tanto, se encuentra dividido en tres partes:
- La primera entrega presenta las obligaciones de los patrones para prevenir riesgos de salud asociados con el manejo manual de cargas.
- La segunda parte aborda las buenas prácticas para la realización de movimientos repetitivos.
- La tercera sección refiere al cuidado de los trabajadores que deben realizar posturas forzadas durante su jornada.
El proyecto contiene una guía para la evaluación de riesgos ergonómicos por actividades de carga manual.
LINK: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5510064&fecha=04/01/2018
PROY-NOM-001-SEMARNAT-2017 Límites permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en cuerpos receptores propiedad de la nación.
Fecha de publicación 05/01/2018
LINK: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5510140&fecha=05/01/2018
ACUERDO por el que se modifica la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
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Modificaciones a la NOM-006-STPS-2014
El día 18 de Septiembre del 2017, se publicaron las siguientes modificaciones a la norma, es importante tomar en cuenta para modificar sus procedimientos:
a)... Las mujeres durante las 10 primeras semanas posteriores al parto no deben cargan mas de 10 kilogramos.
b)... Carga máxima para mujeres 15 kg (Antes se manejaba 10 kg) 7 kg para menores de edad.
c) La carga máxima que pueden manejar los trabajadores deberá ser determinada con base en las condiciones reales bajo las cuales se realizan las actividades de manejo de cargas, y no rebasar el límite máximo de carga (25 Kg).
d) Efectuar el manejo manual de materiales cuyo peso o longitud sea superior a lo que determina la presente Norma, mediante la integración grupos de carga y asegurar que exista coordinación entre los miembros de éstos, o bien, utilizar equipos auxiliares.
e) Se elimina el criterio de realizar el manejo manual de materiales al menos con dos trabajadores, cuando su peso sea mayor de 200 kg usando diablos o patines.
Estos cambios entran en vigor la segunda quincena de Diciembre de 2017.
Link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5497572&fecha=18/09/2017
Verificaciones estructurales después de sismo
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Con base a la NOM-001-STPS-2008, después de que ocurra un evento que pueda generar daños al centro de trabajo, se debe realizar una verificación de las condiciones estructurales:
5.3 Efectuar verificaciones oculares posteriores a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo y, en su caso, realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones que garanticen la seguridad de sus ocupantes.
De tales acciones registrar los resultados en bitácoras o medios magnéticos. Los registros deben conservarse por un año y contener al menos la fecha de la verificación, el tipo de evento, los resultados de las verificaciones y las acciones correctivas realizadas.
Sistema para informar a la autoridad del trabajo.
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El dia 1 de agosto se publicó en el DOF el acuerdo para el sistema de información a la autoridad en el cual se reportará el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación, adiestramiento, seguridad y salud.
Consiste en la creación de una plataforma online, la cual se ubica en la siguiente pagina: http://cumplilab.stps.gob.mx/, mediante el sitio, cualquier centro de trabajo podrá auto evaluarse en el cumplimiento de los siguientes rubros:
I. Condiciones Generales de Trabajo;
II. Capacitación y Adiestramiento, y
III. Seguridad y Salud.
Es importante mencionar que aquellos centros de trabajo que obtengan el acuse en la materia correspondiente, se les exceptuará por un año la realización de visitas de inspección ordinarias.
La Secretaría deberá expedir los lineamientos de operación y funcionamiento del Sistema dentro de los sesenta días posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento.
Link: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5492491&fecha=01/08/2017